Cristina Kirchner denunció “mafia mediática-judicial”, “impunidad” y “absurdo jurídico a cielo abierto”
La vicepresidenta cuestionó la absolución de Silvio Robles en la causa por la filtración de los supuestos chats de Marcelo D’Alessandro y advirtió: “¿Qué hará ahora la Cámara de Casación con la causa Memorándum con Irán?”
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La vicepresidenta Cristina Kirchner repudió este viernes 20 de enero una supuesta “mafia mediática-judicial”, además de “la impunidad y el absurdo jurídico a cielo abierto”, luego de que se archivara la causa por chats filtrados contra Silvio Robles, secretario del ministro de la Corte Suprema Horacio Rosatti.
“Es hora de despabilarse y advertir que están conduciendo a las instituciones hacia un callejón sin salida”, denunció la dirigente del Frente de Todos en una serie de tuits. Y lanzó una advertencia: “¿Qué hará ahora la Cámara de Casación con la causa Memorándum con Irán?”
Después de varios días de silencio, Cristina Kirchner reapareció a través de las redes sociales para apuntar contra la Justicia por el cierre de la causa contra Robles, mano derecha del cortesano Horacio Rosatti. En un hilo, la titular del Senado apuntó contra el fiscal Carlos Stornelli, a quien acusó de “salvar al ladero” del titular del Máximo Tribunal.
La publicación de la vicepresidenta surgió un día después que se conociera la decisión de Comodoro Py de cerrar la causa contra Robles iniciada a raíz de la filtración de los supuestos chats del ministro de Seguridad porteño en uso de licencia, Marcelo D’Alessandro.
Para tomar esa decisión, según consignó Clarín, el juez Sebastián Ramos citó las opiniones de Stornelli, que calificó a los supuestos chats como “obtenidos como fruto de un accionar delictivo”.
Para fundamentar su crítica, la vice recordó que en 2016 la Cámara de Casación, con los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, ordenaron la reapertura de la causa Memorándum con Irán, por la que fue dos veces sobrerseída.
“Lo fundamentaron en ‘una escucha ilegal’, metieron preso a Zannini y le prohibieron a Timerman tratarse de un cáncer en EEUU. Después de la legalización de la escucha, Macri —que era presidente— felicitó públicamente a Hornos y Borinsky y criticó a la otra camarista, Ana María Figueroa, que había votado en minoría contra esa decisión”, escribió la vice.
Después, el relato volvió a este año. “Ahora en 2023, el Juez Ramos de Comodoro Py en 20 días rechazó la denuncia contra Silvio Robles, que arreglaba fallos de la Corte en chats con D’Alesandro, Mtro. de Seguridad CABA, diciendo que no podía ser imputado de delito porque la denuncia se apoyaba en “una escucha ilegal”, escribió.
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Cristina apuntó contra Stornelli
Como se mencionó anteriormente, el fiscal que actuó en la causa es Stornelli, al que ahora Cristina apuntó porque supuestamente citó en su dictamen los argumentos por los cuales la camarista Figueroa se había opuesto a la reapertura de la causa Memorándum.
“Por si alguien faltaba en este verdadero escándalo, el fiscal que intervino fue… ¡Stornelli! procesado por espionaje ilegal e impulsor de la ‘Operación Puf’, donde buscó legitimar las escuchas ilegales de la cárcel de Ezeiza para salvarse de su participación en el D`Alessiogate”, manifestó.
Y siguió: “Stornelli, para salvar al ladero de Rosatti -Robles- cita el voto en minoría de la camarista Ana María Figueroa en el caso Memorándum con Irán, que cuestiona que con una escucha ilegal se pretenda reabrir una causa. Solo con mafia mediática-judicial puede haber tanta impunidad”.
En el cierre se preguntó: “¿Qué hará ahora la Cámara de Casación con la causa Memorandum con Irán?”. Es que los camaristas ahora deberán definir en torno al cierre de la causa contra Robles en caso de que sea apelado. La pregunta apunta a saber si utilizarán el mismo criterio con el cual en 2016 decidieron reabrir la causa Memorándum o incurrirán en una contradicción de su propia jurisprudencia.
Los detalles de la causa contra Robles
La denuncia que dio origen a la causa cerrada ayer en Comodoro Py se inició, llamativamente, por medio del abogado Gastón Marano, el mismo que defiende a Nicolás Carrizo de la “Banda de los Copitos”. Pero rápidamente el fiscal de la causa, Carlos Stornelli, planteó antes Ramos que no podía investigar la acción penal porque las pruebas se basaban en conversaciones privadas.
“El juez debe velar porque no haya injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada de las personas sin razón que lo justifique, lo que necesariamente implica proteger las comunicaciones como todo aquello que afecte la intimidad de los individuos que conviven en un estado constitucional de derecho (salud, patrimonio, etc)”, sostiene el fallo en su décima página de las 13 que lo integran.
“En el que se aspira a vivir en un marco democrático, donde el ser humano se pueda desarrollar con plenitud, sin temor a que alguien o el propio Estado, se entrometa en su vida privada de forma ilegal”, sentenció Ramos.
AS/ff